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ToggleCada vez está más claro que la segunda oleada del coronavirus ha llegado antes de tiempo. Los expertos esperaban que llegase en otoño y no en pleno verano.
Para hacer frente al imparable número de contagios, las administraciones han tomado nuevas medidas como la prohibición de fumar en la calle y estas amenazan con multar por fumar en la calle por la covid-19.
¿Por qué se pretende multar por fumar en la calle debido a la covid-19? Principalmente por dos razones
La primera razón es que los fumadores tienen más posibilidades de contagiarse del coronavirus debido a que manipulan de forma constate la mascarilla se llevan los dedos a la boca. Además, se puede añadir que, en general, sufren en mayor medida las consecuencias de la covid-19.
La otra razón es la posibilidad de transmitir la covid en el humo del cigarro, aunque hoy en día científicamente no está totalmente demostrado. No obstante, diferentes estudios científicos apuntan a que el virus se puede transmitir mediante a partículas aerosoles que desprendemos al estornudar, tose o hablar.
Por estos motivos el Gobierno llegó a un acuerdo con las diferentes comunidades autónomas para llegar a multar por fumar en la calle en sus respectivos territorios.
¿Qué requisitos se tienen que dar para poder multar por fumar en la calle por la covid-19?
Pues esencialmente un único motivo: que no se mantenga una distancia mínima de seguridad de dos metros entre el fumador y cualquier otra persona.
Las autoridades pueden sancionar al fumador si consideran que dicha distancia no se cumple.
Esta medida ha obligado a que se tengan que retirar los ceniceros de las terrazas de los bares y restaurantes. En muchos establecimientos no se puede respetar la distancia, la cual en teoría debe seguir en vigor entre los comensales de una misma mesa.
La norma también influye a los vapeadores o al uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco como pipas de agua. Esta restricción y la posibilidad de multar por fumar en la calle ha generado adeptos y detractores.
Multas por fumar en la calle por la covid-19
Las sanciones varían según la comunidad autónoma, ya que son estas quienes están impulsado la norma.
La multa por fumar en la calle también varía según la gravedad del caso.
Por ejemplo, la Junta de Andalucía estableció en el decreto 21/2020 del 4 de agosto acciones que puede clasificarse en leves, graves o muy graves, todas ellas relacionadas con el uso de la mascarilla y que se extrapolan a la hora de multar por fumar en la calle por la covid-19.
Las leves acarrean multas de 100 a 3 000 euros si se ponen en riesgo a al menos quince personas. Las faltas graves, cuando ponemos en riesgo a entre quince y cien personas, pueden llegar a suponer una multa de hasta 60 000 euros. Por últimos, las muy graves, cuando una acción puede afectar a más de cien personas, están contempladas con sanciones de hasta 6000 000 euros.
Si atendemos al BOE, las sanciones que pueden servir como referencia en todo el Estado son las que vienen tipificadas en el artículo 31 del Real Decreto-Ley 21/2020 del 9 de junio que regula el uso de la mascarilla. Es decir, las multas por fumar en la calle por la covid-19 pueden ascender hasta los 100 euros.
¿Las multas por fumar en la calle tienen validez jurídica?
Antes de nada hay que recordar que se han recurrido muchas de las sanciones que se pusieron durante el estado de alarma.
Hay disparidad de opiniones incluso dentro del mundo jurídico sobre hasta qué punto se pueden sancionar ciertos comportamientos que ahora vienen recogidos por lo decretos autonómicos o estatales.
Todas las posibles multas se secundan en la salud pública y la necesidad de preservarla ante una crisis sanitaria como la actual.
Existen dudas en su aplicación. Tal es la discordia que genera la nueva normativa que el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid tumbó las últimas medidas adoptadas en la Comunidad de Madrid contra la covid-19. Entre ellas se encuentra la prohibición de fumar en la calle.
El auto judicial argumenta que “desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma”.
Es decir, el juez de la capital considera que las restricciones afectan a derechos fundamentales, los cuales no se pueden restringir fuera del estado de alarma.
Por tanto, todavía hay ciertas dudas en la aplicación real de las nuevas restricciones y de que las autoridad puedan multar por fumar en la calle debido a la covid-19.
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