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ToggleConocer la legislación vigente acerca de cómo obtener la nacionalidad española es esencial a la hora de tramitar dicha solicitud.
En la actualidad, son muchos los extranjeros que desean iniciar los trámites necesarios para obtener la nacionalidad española y, aunque no se trata de un procedimiento revestido de excesiva complejidad, es fundamental conocer todos los requisitos que debe reunir las personas que deseen adquirir este reconocimiento.
Si deseas iniciar los trámites oportunos para obtener la nacionalidad española, desde VMS Abogados, despacho que cuenta con un equipo especializado de abogados de Derecho Civil, nos ponemos a tu disposición para asesorarte en relación con el proceso, recopilar los documentos necesarios, y proceder con la presentación y seguimiento de la solicitud.
¿Cómo obtener la nacionalidad española?
En primer lugar, debemos centrarnos en las diferentes modalidades para la obtención de la nacionalidad española: residencia, carta de naturaleza, sefardíes, posesión de estado, opción y simple presunción. Como es lógico, cada una de ellas tiene sus mecanismos y particularidades; a continuación te explicamos brevemente en qué consiste cada una de ellas.
Residencia
Como norma general, en cuanto a la obtención de la nacionalidad por residencia, el artículo 22.1 de nuestro Código Civil dispone que: “para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años”; tratándose de una residencial legal y continuada en España.
Sin embargo, encontramos diversas excepciones o plazos reducidos en los siguientes supuestos:
- Cinco años de residencia legal y continuada, para todas aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
- Dos años de residencia legal y continuada, en el caso de los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.
- Un año de residencia legal y continuada, a todas aquellas personas que reúnan los requisitos que dispone el artículo 22.2 del Código Civil: nacidos en territorio español, quien no haya ejercicio la facultad de optar, sujetos a tutela, guarda o acogimiento por españoles durante dos años consecutivos, casado con españoles, viudos de españoles y nacidos fuera de España con ascendentes españoles)
- Un día de residencial legal y continuada, si la persona optante es guatemalteca, en virtud del Convenio suscrito con Guatemala.
Un ciudadano extranjero que reúna lo mencionados requisitos estará facultado para iniciar los trámites administrativos necesarios tendentes a obtener la nacionalidad española.
Carta de naturaleza a la hora de cómo obtener la nacionalidad española
Otro de los mecanismos existentes para adquirir la nacionalidad española, es a través de un documento denominado “carta de naturaleza”. Esta será otorgada, o no, discrecionalmente por parte del Ejecutivo, bajo la forma de Real Decreto; tiene carácter graciable, y no se encuentra delimitada dentro de las normas generales del procedimiento administrativo como, en su caso, la obtención de la nacionalidad española por residencia.
Sefardíes
Asimismo, en virtud de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, los miembros de la comunidad judío-sefardí de España gozan de un procedimiento específico para obtener la nacionalidad española.
A diferencia de lo que ocurre con otros modos dispuestos para obtener la nacionalidad española, en este caso, el optante no debe renunciar a su nacionalidad de origen.
Posesión de estado
Aquellas personas que hayan ostentado y utilizado la nacionalidad española de forma continuada durante al menos diez años, de buena fe y en base a un título inscrito en el Registro Civil, habrán adquirido el derecho a la nacionalidad española. Cuando hacemos referencia a que deberá haberlo hecho conforme a los criterios de la buena fe, nos referimos a que no haya tenido conocimiento de que, en realidad, no es español.
Opción
Nuestra legislación concede a favor de los extranjeros que deseen obtener la nacionalidad española un derecho de opción. Para poder ejercitarlo, será necesario que el optante reúna alguna de las siguientes requerimientos.
Condiciones sobre cómo obtener la nacionalidad española mediante un derecho de opción:
- Estar o haber estado sujeto a la patria potestad de un español.
- Que alguno de sus padres hubiera sido español y hubiera nacido en España.
- Aquellas personas cuya determinación de la filiación o nacimiento en España, se produzca después de haber cumplido dieciocho años. En este caso, dispondría de un plazo de dos años desde que se determinó la filiación o el nacimiento para optar a la obtención de la nacionalidad española.
- Aquellas personas que hayan sido adoptadas por españoles después de haber cumplido dieciocho años. En este supuesto, el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
Simple presunción
En virtud de lo dispuesto por el artículo 17.c) de nuestro Código Civil, son españoles de origen: “los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad”. Sin embargo, debemos atender a la legislación especial en el caso de Colombia, Brasil, Ecuador, Marruecos y Palestina.
Una vez expuestos los modos existentes para obtener la nacionalidad española, debemos tener en cuenta otra serie de circunstancias y documentos necesarios. Salvo excepciones por edad o lengua materna, se configura como requisito necesario la realización de dos exámenes, DELE y CCSE, para completar exitosamente la obtención de la nacionalidad. Asimismo, el solicitante no debe contar con antecedentes penales o policiales ni en España, ni tampoco en su país de origen.
Esta es toda la información acerca de cómo obtener la nacionalidad española. No dude en contactar sin ningún compromiso con nuestro bufete de abogados si tiene cualquier duda al respecto.