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Toggle1. Cuál era el problema:
VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.2. Qué hizo VMS:
En muchas Comunidades de Propietarios algunos comuneros no cumplen con sus cuotas, lo que afecta a toda la comunidad. Para garantizar la estabilidad financiera existe un mecanismo legal que impide a ciertos propietarios morosos ejercer acciones judiciales, este es conocido como, la excepción de falta de legitimación activa.
Esta figura, en la cual VMS Abogados basó su demanda, está recogida en el artículo 18.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y establece que los propietarios deberán estar al corriente en el pago de sus deudas con la comunidad o haber consignado el dinero en el juzgado para poder impugnar acuerdos comunitarios, siempre y cuando estos no establezcan ni alteren las cuotas de participación.
3. Que se consiguió:
El tribunal falló a nuestro favor, desestimando la demanda interpuesta por el propietario moroso con la finalidad de recurrir uno de los acuerdos aprobados. A su vez, reafirmó los principios del artículo 18.2 de la LPH y se basó en los siguientes motivos para resolver el caso:
- Falta de legitimación activa: El propietario no tenía legitimación activa ya que no estaba al corriente del pago desde el año 2019.
- Naturaleza del acuerdo: El acuerdo impugnado aprobaba una derrama extraordinaria, que no alteraba el sistema de cuotas de participación.
- Actitud de la parte actora: No había cuestionado anteriormente la forma en que se distribuyen los gastos comunitarios y había adoptado una postura rebelde, haciendo pagos por su cuenta al final de cada año según sus propios cálculos, que no estaban correctamente justificados.
En conclusión, esta normativa, que VMS Abogados alegó, busca asegurar que solo aquellos propietarios que cumplan con sus obligaciones financieras puedan cuestionar los acuerdos de la comunidad, promoviendo así la estabilidad financiera y administrativa dentro de las comunidades de propietarios.