Sentencia Ley de Segunda Oportunidad. En una reciente sentencia, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Lérida ha «perdonado» las deudas que tenía una familia. La deuda astronómica de 120.843 euros fue extinguida gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, la cual fue creada con el fin de dar un alivio a los deudores que se encuentran en situaciones de exclusión social a causa de estas deudas.
Los hechos se remontan a la situación financiera precaria de una familia que se encontraba ahogada por deudas que incluían, entre otras, una hipoteca y dos derramas comunitarias, sumando un total de 120.843 euros. A pesar de haber entregado su vivienda como dación en pago al banco por la hipoteca, los afectados seguían cargando con deudas que les impedían continuar con su vida, encaminándose a una exclusión social a causa de estas deudas.
Ante esta situación desesperada, optaron por recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad como una vía para liberarse de estas obligaciones financieras crediticias. El proceso de aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad no es sencillo, pero el caso en cuestión cumplía con los requisitos establecidos, como es la situación de insolvencia. En primer lugar, los deudores contaban con más de dos acreedores, lo cual es una condición indispensable para acogerse a esta legislación. Además, demostraron ser deudores de buena fe, es decir, no incurrieron en deudas de manera irresponsable o temeraria.
Sentencia Ley de Segunda Oportunidad Juzgado de Primera Instancia número 6 de Lérida
La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Lérida refleja el correcto uso de los mecanismos dados por la Ley de Segunda Oportunidad, ya que se consiguió la exoneración del pasivo y la posibilidad de comenzar una nueva vida.
Para que tal exoneración se produzca es necesario que se argumente de forma correcta el cumplimiento de los requisitos que la Ley exige. De este modo, es imprescindible probar la buena fe del deudor, o la comunicación de insolvencia a los acreedores. Desde VMS Bufete Moreno de la Santa proporcionaremos una defensa letrada integral, desde la fase extrajudicial hasta la Sentencia que dicte el Juzgado.
Al igual que los beneficiarios de la sentencia emitida por el Juzgado de Lérida, los clientes del Bufete Moreno de la Santa pueden confiar en que recibirán la atención y representación legal necesaria para que se puedan exonerar sus deudas.
En conclusión, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Lérida ha sentado un precedente importante en el ámbito de la Ley de Segunda Oportunidad. Sin embargo, es esencial contar con el apoyo de expertos como es el Bufete Moreno de la Santa para aprovechar al máximo esta legislación y obtener la exoneración de las deudas.