Ley de Segunda Oportunidad para un matrimonio de una deuda de 350.478 euros?: la Justicia ha aplicado la Ley de la Segunda Oportunidad a una pareja, el Juzgado de Primera Instancia número 6 (mercantil) de Lleida, ha otorgado condonación a un matrimonio que tuvo que cerrar su negocio del sector de la automoción ya que los bancos se negaban a renovar la póliza.
Esta pareja en el año 2006 empezó con su negocio, todo iba bastante bien hasta que llegó la crisis de 2008 donde muchos de los clientes se fueron y esto dio lugar a un grave problema para el negocio, a pesar de todo el esfuerzo que supuso para el matrimonio, el banco se negó a la renovación de la póliza, a coste de lo ocurrido se encontraron en la tesitura de tener que cerrar el negocio del sector de la automoción que habían emprendido años atrás.
Podemos ver cómo el hombre decía lo siguiente “mi mujer y yo dejamos de recibir nuestra nómina para poder estar al día con los pagos y poder pagar adecuadamente a nuestros trabajadores como hasta ahora había sido”
Años después, el matrimonio quedó pendiente de pagos con los proveedores cuando el banco se negó a renovar la póliza, además de tener que indemnizar a todos aquellos trabajadores que tenían, este hecho resultó un grave problema para esta pareja que derivó en una depresión ya que también el banco se quedó con la vivienda donde residían.
“El matrimonio se encontraba en una situación límite que los llevó a una depresión, ya que no veían el futuro con claridad porque les habían dado la espalda continuamente y pese a su esfuerzo de seguir adelante” esto nos lo asegura Marta Bergadà, socia fundadora de Berdagà Asociados, quien ha estado a cargo de los exonerados.
Además, nos dice “que la crisis que hubo en aquel año causó bastante sufrimiento a bastantes empresarios que, siguen afectados, hoy en día continúan pasándolo mal. No solo debemos defender a todos nuestros clientes, sino que debemos acompañarlos y estar con ellos en todo momento”.
La noticia nos llegó cuando el juez exoneraba al matrimonio del pago de la deuda gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Como sabemos esta Ley (Ley de la Segunda Oportunidad), no cancela las deudas derivadas de ilícito penal e incluso las deudas por responsabilidad extracontractual, además de otros muchos requisitos que se requieren para que se pueda aplicar dicha Ley, como que sean deudores de buena fe, no tener antecedentes por delitos socioeconómicos, colaborar con el Juzgado, tener más de un acreedor, entre muchas otras. Estos requisitos aparecen claramente en la Ley. Este proceso acaba en el momento de la solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho ya que es el propio Juzgado quien se encarga de revisar si se cumplen uno a uno los requisitos y de ser así se cancelarán las deudas.
Por tanto y para finalizar con el caso, como digo anteriormente, la Justicia ha aplicado la Ley de la Segunda Oportunidad, exonerándoles a este matrimonio el pasivo insatisfecho.