1. Cuál era el problema:
Se reclama por parte de nuestro cliente, una Comunidad de Propietarios, los gastos impagados por los propietarios de una vivienda, ascendiendo la deuda a 4.947,60 euros.2. Qué hizo VMS:
Previa reunión mantenida con el cliente, estudio de la documentación aportada y planteamiento de los motivos para la reclamación, el despacho interpone demanda reclamando las cantidades adeudadas, alegando la obligación de los propietarios de contribuir con arreglo a su cuota de participación, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades susceptibles de individualización.
La demandada se opuso en base a que dichos gastos se correspondían con una derrama por instalación de un ascensor, con la que ella nunca estuvo de acuerdo, que además no utiliza, y que no puede pagar por su situación personal y económica. Entendiendo la propietaria que estos motivos le eximen de su obligación de pago.
3. Que se consiguió:
El despacho consiguió que el Juzgado desestimara íntegramente la contestación demanda, con imposición de costas a la propietaria del inmueble, señalando que sus motivos de oposición únicamente habrían sido válidos de haberse impugnado el acuerdo de la Junta de Propietarios mediante el que se aprobó la instalación del ascensor. Solo ahí podría haberse discutido la procedencia de la liquidación y, además, obtener la suspensión de la ejecución del acuerdo alcanzado en la Junta de Propietarios, en virtud del artículo 18.4 de la Ley de Propiedad Horizontal. Insistiendo el Juzgado que, en caso contrario, el acuerdo es ejecutivo.
Todo ello unido a que la situación económica en que pueda encontrarse la deudora no le exime de tener que abonar los gastos comunes del inmueble, pues en consecuencia de su impago, resultan perjudicados propietarios que sí se encuentran al corriente de sus obligaciones.