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ToggleDemanda de divorcio contencioso sin hijos y sin bienes: el divorcio de una pareja sin bienes en común y sin hijos puede ser un procedimiento muy sencillo, especialmente cuando los cónyuges consiguen llegar a un acuerdo amistoso. De hecho, no tener hijos ni propiedades en común hace que todo sea mucho más ágil, ya que en la mayor parte de procesos de este tipo lo que ocupa más tiempo son los acuerdos relacionados con los bienes comunes y con la manutención y la patria potestad de los hijos dependientes. Si no hay que discutir sobre estos aspectos, el proceso se simplifica enormemente.
Por eso, este tipo de divorcios suelen ser conocidos como “Divorcios Express”, ya que son los más rápidos y sencillos. No obstante, esto no quiere decir que no puedan surgir diferencias entre ambas partes y que finalmente haya que acudir a los tribunales para que sea el juez el que determine cómo se procederá ante determinados aspectos como el uso de la vivienda familiar o la pensión compensatoria. Es lo que se conoce como demanda de divorcio contencioso sin hijos y sin bienes.
Demanda de divorcio contencioso sin hijos y sin bienes: requisitos
Cuando el matrimonio no tiene ni hijos ni bienes en común, el divorcio puede tramitarse en un notario o mediante la vía judicial. Pero, para ello, es necesario que se den los siguientes requisitos:
- Que hayan pasado tres meses desde la celebración del matrimonio.
- Que ambos cónyuges estén de acuerdo en disolver el matrimonio.
- Es necesaria la asistencia de un abogado que asesore a ambas parte y que firme la escritura de divorcio.
- Que no haya hijos menores o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores.
- Que la escritura contenga la voluntad clara de los cónyuges de divorciarse y se determinen las medidas que regulen las consecuencias derivadas del divorcio.
- Los cónyuges deben comparecer personalmente ante notario, no está permitida su representación.
Demanda de divorcio contencioso sin hijos y sin bienes: ¿Quién hará uso de la vivienda principal?
Hay que tener en cuenta que una cosa es la titularidad de la vivienda y otra el uso de la misma. En este sentido, es el juez el que tendrá que decidir cuál de los cónyuges seguirá haciendo uso de la vivienda familiar tras el divorcio, teniendo en cuenta el nivel de protección que necesite cada cónyuge y su situación.
Cuando nos encontramos ante un matrimonio con régimen de gananciales, la titularidad de la vivienda corresponde a ambos miembros de la pareja, por lo que es necesario proceder a liquidar la sociedad de gananciales, lo que conlleva realizar un inventario del activo (los derechos y los bienes) y del pasivo (las deudas y obligaciones) que tendrán que ser evaluados y repartidos a partes iguales entre las dos partes.
Normalmente, se considera que el uso de la vivienda familiar debe recaer sobre el cónyuge más necesitado, incluso cuando sea propiedad exclusiva del otro cónyuge. Eso sí, hay que tener en cuenta que la adjudicación total de la vivienda a favor de uno de los cónyuges requiere de una compensación económica al cónyuge perjudicado.
En cualquier caso, no tiene porqué ser una medida definitiva. Cada vez es más habitual que el juez establezca un plazo máximo de uso exclusivo a favor de uno de los cónyuges, pudiendo acordar a posteriori un uso alternativo a favor de cada uno de los propietarios por periodos semestrales o anuales, por ejemplo. Con ello, lo que el juez favorece es la venta de la vivienda, ya que a ningún propietario le gusta tener que cambiar de casa cada 6 meses o un año. Por eso, en la práctica, lo que se suele terminar haciendo es poniendo en venta la casa o comprando su parte al otro propietario.
Si el propietario desea vender la casa, tendrá que pedir autorización al excónyuge que haya recibido el derecho de uso de la misma. Si éste no autoriza la venta, habrá que acudir a los juzgados argumentando el caso para que la sentencia establezca si puede o no venderse.
Pensión compensatoria para uno de los cónyuges después del divorcio
Se puede dar la situación de que uno de los cónyuges se encuentre en circunstancias de precariedad económica tras el divorcio. En ese caso, podría solicitar al otro cónyuge una pensión compensatoria. Una posibilidad que queda contemplada en el art. 97 del Código Civil, que establece que uno de los cónyuges tiene derecho a percibir una pensión compensatoria cuando el divorcio genere una situación de desequilibrio económico entre ambas partes y que conlleva un empeoramiento de la situación económica de la que disfrutaba mientras estaba casado.
No obstante, hay que tener en cuenta que el Tribunal Supremo ha determinado que no basta con que exista un desequilibrio económico, sino que es necesario llevar a cabo una valoración integral que evalúe una serie de aspectos como la dedicación de cada uno de los cónyuges de la familia, la colaboración que puede haber existido hacia las actividades del otro cónyuge, la situación económica anterior al matrimonio o cualquier otra circunstancia que pueda ser relevante para ello.
¿Cuánto dura un divorcio contencioso sin hijos y sin bienes?
Lo cierto es que no existe una duración fija, ya que el procedimiento puede ser más largo o más corto en función de diversos factores como la cantidad de trabajo del órgano judicial o el Juzgado sobre el que recaiga el asunto. Pero además, cuantas más pruebas se soliciten, más tardará en tramitarse todo.