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ToggleLos magistrados ratifican la nulidad de la Instrucción 1/2017 en los relativo a los artículos de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997.
De esta manera el alto tribunal pone fin al debate en torno a la conversión de edificios residenciales en hoteles.
VMS Abogados es un despacho de abogados de comunidades de propietarios, de propiedad horizontal y abogados de derecho de edificación. Por ello, Bufete Moreno de la Santa cuenta con abogados especializados en derecho inmobiliarios, urbanismo y abogados de construcciones.
El Tribunal Supremo ha anulado la instrucción del anterior Ayuntamiento de Madrid, liderado por Manuela Carmena, que pretendía impedir que edificios residenciales en la almendra central o con patio de luces convirtieran su uso en hotelero u hospedaje.
Así consta en la sentencia en la que se rechaza el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia de diciembre de 2017 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
Los magistrados ratifican la nulidad de la Instrucción 1/2017 en lo relativo a los artículos 8.1.22, 8.1.23 y 8.1.28 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, con lo que se permite la conversión de edificios residenciales en hoteles.
El entonces delegado de Desarrollo Urbano Sostenible, José Manuel Calvo, explicó que la instrucción intentaba aclarar las diferencias entre uso y clase de uso para frenar la «progresiva terciarización del centro» y que éste acabara como un «parque temático».
«Trata de impedir que edificios residenciales pasen a usos terciario (hotelero/hospedaje), y es aplicable a la almendra central y a los edificios con patio de luces», señaló entonces Calvo.
El PP, con el actual alcalde José Luis Martínez-Almeida en la oposición, la calificó de «ilegalidad», por lo que decidió llevar el tema a los tribunales, explica Europa Press.
El TSJM estimó en diciembre de 2017 el recurso del PP, alegando que la instrucción «vulnera de forma flagrante» varios artículos del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Desde entonces la justicia encarriló la aceptación de conversión de edificios residenciales en hoteles.
En concreto, detallaba que la instrucción se dictó por un órgano «manifiestamente incompetente», ya que al tratarse de una modificación «de una parte esencial» del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), ésta se debería haber aprobado en el Pleno y, posteriormente, por la Comunidad de Madrid.
Por su parte, desde Más Madrid han detallado que la resolución del Supremo «no cambia nada» dado que esa instrucción «antigua», meramente «instrumental» hasta la elaboración del Plan Especial, ya estaba anulada por el TSJM que admitió en su día el recurso interpuesto por el PP.
La formación recurrió en casación ante el Supremo la resolución del TSJM, que ahora ratifica el alto tribunal». «En cualquier caso, la normativa en vigor al respecto es el Plan Especial, que también está recurrido ante el TSJM», han detallado fuentes de Más Madrid.
Abogado especialista en construcción y la conversión de edificios residenciales en hoteles
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