1. Cuál era el problema:
Las demandadas eran propietarias de un local sito en la Comunidad de Propietarios de nuestro mandante. Dicho local colindaba con el patio interior de la finca, correspondiéndole el uso exclusivo, pese a ser un elemento común, de un cuarto destinado a almacén de papelería que se comunicaba con dicho local a través del citado patio interior.
Las demandadas habían alterado el patio interior común para adecuar dicho cuarto destinado a papelería y convertirlo en un cuarto de baño.
Todas estas actuaciones habían sido llevadas a cabo sin obtener el preceptivo permiso de la Junta de Propietarios.
2. Qué hizo VMS:
Procedimos a presentar una Demanda contra estas propietarias, y VMS quiso demostrar las alteraciones de elementos comunes en que habían incurrido dichas propietarias al alterar el mencionado cuarto destinado a papelería y que ellas habían convertido en un cuarto de baño. Probamos que, con el propósito de cambiar el uso de su inmueble de local a vivienda, habían realizado obras que afectaban a elementos comunes, incluyéndose instalación de tuberías, enganche a la red de la comunidad, rotura de baldosas y arqueta.
A mayor abundamiento, habían instalado una cámara de vídeo vigilancia en el patio comunitario, habían colocado plantas que impedían la entrada de luz en la vivienda de la planta baja y una estructura de vegetación en la fachada que podía originar humedades en la fachada.
VMS solicitó al Juzgado que se condenase a las demandadas a restituir al estado anterior todas aquellas zonas comunes que habían sido alteradas, se retirara la cámara de videovigilancia y solicitamos que se retiraran las plantas de la fachada del edificio.
3. Que se consiguió:
A través de las pruebas aportadas al procedimiento, así como tras la celebración de la oportuna Audiencia Previa, y una vez practicada la prueba testifical en el acto del Juicio, y hechas las Conclusiones, el pleito quedó visto para Sentencia.
VMS obtuvo una Sentencia Estimatoria, las demandadas fueron condenadas a retirar las tuberías y el dispositivo de vigilancia colocados en el patio común de uso exclusivo. Asimismo, también se les condenó a tener que reponer dicho patio a su estado inicial.
Finalmente se obtuvo la condena en costas de la parte contraria.