No se puede incluir a alguien como moroso en la CIRBE si ha reclamado judicialmente la deuda
No se puede incluir a alguien como moroso en la CIRBE si ha reclamado judicialmente la deuda.
No se puede incluir a alguien como moroso en la CIRBE si ha reclamado judicialmente la deuda.
Impugnación de los acuerdos sociales en comunidades de propietarios. A través de los juicios declarativos ordinarios, La Ley de Enjuiciamiento Civil nos ofrece la posibilidad de actuar en contra de los acuerdos adoptados en Juntas de propietarios ya sean contrarios a la Ley, sean perjudiciales para la comunidad o incluso para el propio propietario. El artículo 249.1 3º establece lo siguiente: