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ToggleTarjetas y créditos revolving: este es el objeto principal del presente artículo a través del cual intentaremos ilustrar a nuestros lectores sobre estos tipos de créditos personales al consumo con libre disponibilidad que se desarrollan mediante la utilización de una tarjeta.
La Audiencia Provincial de Vitoria, Sección 1ª, en su Sentencia de 30 de junio de 2016, definió este tipo de créditos como créditos personales al consumo, concedidos de forma rápida por una entidad financiera a un cliente, que tiene un rotativo, es decir, el límite del crédito es variable y se rebajará o disminuirá en la medida que el cliente lo utilice y se restablecerá o aumentará de nuevo en la medida que haga pagos el cliente para restituirlo.
Su funcionamiento es muy parecido al de una póliza de crédito, pero con una diferencia clara: las pólizas de crédito tienen usualmente un plazo de término y un límite de capital fijo y el crédito revolving, en su modalidad de disposición mediante tarjeta no suele tenerlo, sino que pueden estar activos por tiempo indefinido, pudiendo ampliar sus límites hasta cierta cantidad. Es decir, por cada uso que hacemos del crédito, éste disminuye, y cada vez que amortizamos (es decir, extinguimos la deuda por el dinero que nos prestan), vuelve a aumentar el crédito.
Tarjetas y créditos revolving: diferencias respecto a los créditos
Las tarjetas y créditos revolving guardan otra importante distinción respecto a los créditos que conocemos como “normales”: el elevado interés que pagamos por disponer de ellos, en palabras más técnicas, el TAE. Son muy superiores, habitualmente suele dispararse por encima del 20%, y aquí es donde entramos al motivo de nuestro artículo.
Las tarjetas y créditos revolving están en el ojo del huracán jurídico debido a reiteradas sentencias que están pronunciando nuestros tribunales calificando los intereses aplicados a dichos tipos de créditos como usuarios, atendiendo a dos condiciones:
- Que el contrato de préstamo estipula un interés notablemente superior al normal del dinero.
- Que no guarde una relación proporcionada con las circunstancias del caso.
En tal caso que se cumplan ambos requisitos, el contrato será nulo. ¿Y cuál es la consecuencia de esta declaración de nulidad del contrato revolving? Pues que únicamente estaremos obligados a devolver el capital principal que nos hayan prestado, y que el prestamista, que habitualmente debe ser una entidad financiera, estará obligado a reintegrarnos todas las cantidades que haya percibido por otros conceptos como intereses, comisiones, etc.
La corriente jurisprudencial española se ha visto muy influenciada, como es lógico y obligatoria, por las normas y resoluciones europeas en cuanto a la protección del consumidor y usuario se refiere.
Tarjetas y créditos revolving: Sentencia 149/2020 Tribunal Supremo
En este sentido, el Tribunal Supremo en Sentencia 149/2020, indica que, para conocer si cumplimos los requisitos que califiquen como usuario un crédito revolving, habremos de atender a la TAE “que se calcula tomando en consideración cualesquiera pagos que el prestatario ha de realizar al prestamista por razón del préstamo, conforme a unos estándares legalmente predeterminados.”
En este caso, y tratándose de operaciones y créditos revolving¸ el índice que debe ser tomado como referencia comparativa será el tipo medio aplicable a las operaciones de crédito mediante tarjetas revolving con las que más coincidencias presenten: duración del crédito, importe, finalidad, medios a través de los cuales el deudor puede disponer del crédito, garantías, facilidad de reclamación en caso de impago, etc.
Por tanto, si se cumplen los requisitos que hemos mencionado, y en comparación con otras operaciones crediticias similares se supera el % medio, estaremos frente a un caso en el que podremos demandar a la entidad financiera con el objeto de reclamarles los importes abonados en exceso y que únicamente estemos obligados a devolver el importe principal.
Debido a lo expuesto, si te encuentras en la situación de ser titular de un contrato de préstamo revolving, has de tener en cuenta para saber si las condiciones del mismo son abusivas o usurarios lo que hemos tratado de explicarte en el presente artículo, para que conozcas tus derechos como consumidor y usuario.
Como siempre decimos, quién mejor te puede ayudar a valorar si tus condiciones son abusivas o usurarias, es un despacho de abogados especializado en la materia. Por este motivo, si tienes cualquier tipo de duda, no dudes en consultarnos.
Esperamos que este artículo te haya servido de guía orientativa para salir de dudas en cuanto a valorar si estás situado en una posición de desventaja frente a la entidad financiera titular de tu crédito revolving.