Guía de contenidos
Toggle1. Cuál era el problema:
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.
En el proyecto aportado para obtener la licencia municipal de obra, se observó una afectación a los elementos comunes, como es un ascensor interior, sin consentimiento de la comunidad de propietarios.
Se presentó por parte de la Comunidad de Propietarios una demanda de juicio verbal de suspensión de obra nueva solicitando la paralización inmediata de las obras, en base a que el proyecto constructivo afectaba a elementos comunes, entre ellos el ascensor, sin el consentimiento de la Comunidad.
Sin embargo, los propietarios de los inmuebles planta baja y sótano, han procedido a la reanudación de las mismas, alegando que el nuevo proyecto ha evitado la afectación de los elementos comunes y han retirado del proyecto la instalación del ascensor.
2. Qué hizo VMS:
La demanda fue interpuesta por nuestra Comunidad dirigida frente a la empresa, y se acordó la definitiva suspensión de los trabajos de la obra que estaban realizando en los locales planta baja y sótano del edificio de manera que cesara la afectación de los elementos comunes, sin consentimiento de la comunidad de propietarios con lo dispuesto en el artículo 7.1 de La Ley de Propiedad Horizontal, “… debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien representa a la comunidad.”
En el procedimiento interpuesto, además, pudimos demostrar que la afectación de elementos comunes en el proyecto presentado, que no sólo afectaban al ascensor como elemento común, sino que también a otros como la demolición parcial de vigas para la ampliación del hueco, la posible sobrecarga de instalaciones comunitarias (agua, electricidad…) etc.
Nuestro despacho obtuvo una sentencia que obligaba a la empresa propietaria a la suspensión inmediata de las obras, que dicha empresa estaba realizando sin consentimiento de la Comunidad de Propietarios, en la medida en que éstas afectaban a los elementos comunes.
Tras la reanudación de las obras por parte de la empresa propietaria sin consentimiento judicial, nuestro despacho instó una demanda ejecutiva, basada en el incumplimiento de la sentencia de paralización de las obras, con multas coercitivas que se determinarán en el momento de su acuerdo.