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Asesoramos en materia de licencias VTC o vehículos sin conductor a emprendedores y autonónomos y representamos al cliente ante los diferentes entes y organismos públicos.
En VMS contamos con un equipo de abogados licencias VTC expertos en asesoramiento y gestión de licencias VTC o de alquiler de vehículo con conductor.
Nuestro servicio de abogados licencias VTC se centra en asistir a los emprendedores y autónomos que quieran conseguir dicha licencia.
También, en representar al cliente ante los diferentes entes y organismos públicos para la expedición de la licencia para el ejercicio de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor en la Comunidad de Madrid.
Actualmente, ante las solicitudes de licencias VTC de los particulares, la Consejería de Transportes, Vivienda, e Infraestructura de la Comunidad de Madrid– Dirección General de Transportes- está acordando denegar la solicitud de dicha autorización de transporte.
El Gobierno regional fundamenta la desestimación, de forma única y exclusiva, en lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 16/1987 de 30 de julio de ordenación de los transportes terrestres, en relación al Reglamento de la Ley de ordenación de los Transportes terrestres en su artículo 181.3.
Esto, como abogados licencias VTC, sabemos que supone una vulneración directa de la siguiente normativa:
- Infracción de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Infracción artículo 43.1 LOTT.
- En base al nuevo Reglamento de Transporte Terrestre se produce la infracción a la “Ley ómnibus” (Ley 25/09), y al artículo 8 de la Ley 17/09.
- Vulneración la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, en los artículos 8, 18, y 19.
No es una opinión de nuestro equipo de abogados licencias VTC. Así lo ha venido reconociendo el Tribunal Supremo en las siguientes sentencias: STS de 27/1/2014 R 5892/2011. STS de 27/1/2014 R 962/2012. STS de 29/1/2014 R 527/2013. STS de 29/1/2014 R 105/2012. STS de 29/1/2014 R 384/2012. STS de 29/1/2014 R 2169/2012. STS de 30/1/2014 R 4163/2012. STS de 30/1/2014 R 110/2012. STS de 27/1/2014 R 5892/2011.
Esta doctrina, tenida en cuenta por parte de nuestros abogados licencias VTC, parte de la base de que las modificaciones que la Ley 25/2009 (articulo 21) introdujo en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
En lo que se refiere al régimen jurídico del servicio de arrendamiento de vehículos con conductor, han de ser interpretadas, como abogados licencias VTC, a la luz de que el ejercicio de aquella actividad es libre y que los únicos requisitos subsistentes para desempeñarla son los que deriven de la regulación de la propia Ley 16/1987 sobre el transporte discrecional de viajeros. Regulación a la que remite el articulo 134.2 de dicha Ley en su nueva redacción.
Así, desde esta perspectiva, ninguna norma de rango legal permitía, a partir de la entrada en vigor de la Ley 25/2009, que el numero de autorizaciones para prestar el servicio de alquiler de vehículos con conductor pudiera condicionarse cuantitativamente en los términos que disponían tanto el articulo 181.2 del Reglamento de desarrollo de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (en la versión previa a la incluida en el aprobado por Real Decreto 1211/1990, no modificada por este) cuanto el articulo 14.1 de la Orden FOM/36/2008.
Uno y otro han de considerarse, por lo tanto, derogados desde que entró en vigor la Ley 25/2009, como acertadamente ha ido reiterando el alto Tribunal en todas sus sentencias.
En conclusión, en base a la normativa actual, todo solicitante debe tener derecho a la concesión de una licencia VTC siempre que cumpla todos los requisitos para su obtención. No dudes en contactar con nuestro equipo de abogados licencias VTC ante cualquier consulta sobre este tema.
Más información acerca de las VTC - Abogados licencias VTC
Recientemente el sector del Taxi está convulso, pues las aplicaciones móviles han cambiado de estrategia, pasando de utilizar a particulares para prestar servicios a licencias VTC.
Históricamente la Administración ha protegido al gremio del taxi. Sin embargo desde Bruselas, así como desde Competencia (CNMC), se intenta la progresiva liberalización de un sector tan intervenido como el del transporte de pasajeros.
Las VTCs habían gozado de un vacío legal hasta el Real Decreto 1057/2015, de 20 de Noviembre, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
En esta regulación se impone la restricción de 1 VTC por cada 30 licencias de taxi en un Municipio, así como se fija que las VTC no podrán recoger viajeros sin un contrato previo (proveyendo su uso primordial para aplicaciones móviles), fijando la flota mínima para adquirir VTCs en 7 vehículos.
Esto significa que de momento en Madrid no se podrán emitir más licencias de VTC.Desde el punto de vista de la CNMC, según el requerimiento que envió al Consejo de Ministros el 14 de Enero de 2016, la modificación y regulación de las VTCs no es la adecuada, pues fueron muy duros aduciendo que restringe la “unidad de mercado”.Por lo que si Fomento no modifica dicha regulación, procederán a acudir a la vía judicial con la correspondiente interposición de Recurso Contencioso Administrativo ante el TS.
A juicio de este letrado, siendo la regulación mejor o peor y estando más o menos conforme con ella, la misma era necesaria pues hasta la fecha para conseguir una licencia de VTC nos veíamos en la obligación de solicitar una licencia de VTC a la Comunidad de Madrid, recurriendo la respuesta administrativa de la misma con amparo en la Ley Ómnibus, concediendo el Tribunal Supremo la licencia, con condena expresa en costas a la Administración.
Que este atípico procedimiento se estuviera convirtiendo en la habitual forma de solicitar licencias era un verdadero problema.En Madrid hemos venido consiguiendo unas 600 licencias en los últimos 4 años. Cantidad relevante si la comparamos con las 1.300 licencias de VTC que había hace un año en la Comunidad de Madrid o las 15.000 que existen en el territorio nacional.
Actualmente el precio de mercado en España de una VTC ronda los 10.000€ a 20.000.-€ según vehículo. En ciudades como Londres las VTCs (50.000) doblan en número a los taxis (20.000), por lo que quedamos a la espera de lo que depare la regulación del sector y la demanda de mercado, desde luego es el momento de que las asociaciones gremiales ejerzan toda la influencia que puedan.
¿Qué opinan nuestros clientes?







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