Dañar la capa de ozono puede suponer cadena perpetua o una simple multa, dependiendo del país de la Unión Europa (UE) donde se cometa el delito. Similar situación ocurre con la destrucción de hábitats protegidos –con penas que van desde los 6 meses a los 20 años o más según el país-, o el tráfico con materiales nucleares, que supone medio año de cárcel en Luxemburgo y prisión permanente en Bulgaria.
Un estudio, impulsado por SEO/BirdLife y desarrollado con la colaboración de Centre de Estudios de Derecho ambiental de Tarragona, analiza la amplia disparidad del tipo de sanciones penales y grado de severidad frente a iguales delitos ambientales cometidos en la UE y concluye que, en la futura Europa de los 27, sería aconsejable que las penas se aproximasen y armonicen entre países, garantizando su efectividad y el principio de proporcionalidad.
De igual modo, el informe subraya la necesidad de que las autoridades comunitarias analicen la fuerza disuasoria de las penas: «¿La amenaza de una pena de cárcel ineludible, aunque sea seis meses, es más efectiva que una potencial pena de dos años que permite al acusado evitar su ingreso en prisión?», se preguntan desde SEO.
«La Directiva Penal Ambiental (Directiva 2008/99/CE) no fija máximos o mínimos a los países de la UE pero sí les indica que las penas han de ser proporcionales al hecho cometido y lo suficientemente disuasorias, para evitar que otros comentan el ilícito. Esa es la pregunta que debemos hacernos en cada país y, según la respuesta, armonizar y modificar la legislación», apunta el responsable del Programa de Justicia Ambiental de SEO/BirdLife, David de la Bodega. La posibilidad de armonizar las leyes penales de los estados se contempla además en el artículo 83 del Tratado de la Unión Europea, que lo contempla como medida para garantizar la aplicación eficaz de las políticas comunitarias.
El estudio ha sido desarrollado por abogados y juristas de la Red Europea contra los Delitos Ambientales (ENEC en sus siglas en inglés), una plataforma coordinada por SEO/BirdLife y la organización inglesa RSPB, y en el que participan profesionales de 20 países. Los autores han analizado la trasposición de la Directiva 2008/99/CE relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho Penal en 27 Estados Miembro, incluyendo a España.
Efectividad de las penas
Contra el crimen ambiental, se aplican diferentes tipos de sanciones según los Estados. Desde multas, a prisión o una combinación de ambas. Las penas de prisión son las más habituales en el conjunto de la UE. Sin embargo, las condenas varían significativamente. Por ejemplo, el vertido o emisión de sustancias que puedan causar la muerte o lesiones graves a personas, o daños en el medio ambiente, puede suponer cadena perpetua en Malta; 20 años en Grecia o en Italia; 12 años en España y Eslovenia; 5 años en Francia o Portugal; o solo un máximo de 6 meses en Luxemburgo. En diez de los países analizados, el juez puede decidir imponer una multa en lugar de la cárcel. Esta opción no se da en España con este delito, pero sí en otros tipos penales como traficar o dar muerte a una especie protegida, como un urogallo o un oso pardo.
De todos los países analizados, Luxemburgo, Estonia, Dinamarca y Austria son los menores penas imponen ante los delitos ambientales. España se halla en la mitad de esta escala de severidad, con penas que oscilan entre los 12 años por vertidos o emisiones peligrosas y el año de cárcel por el traslado de residuos.
«En España las posibilidades de que un acusado pueda librarse de la cárcel son muchas»
La disparidad es tal que el número de países con penas iguales para un mismo delito ambiental no supera el 32% en ninguno de los nueve tipos penales que recoge la Directiva. Y existen diferencias llamativas. Por ejemplo, operar una planta química peligrosa no implica pena de cárcel en Letonia, bajo ninguna circunstancia, mientras que en España supone pena de cinco años y multa. En Reino Unido, destruir la capa de ozono se salda con una multa como máximo mientras que la opción mayoritaria, pena de 5 años, está presente en el 29% de los países de la UE.
Más allá de diferencias entre condenas, el informe subraya la necesidad de analizar la efectividad de estas penas. «Puede que en Reino Unido la pena máxima por matar una especie protegida sea de seis meses mientras que en España dar muerte a un águila imperial, por ejemplo, implique una condena de hasta dos años. Sin embargo, el acusado por una corte penal inglesa tiene garantizada su entrada en prisión mientras que en España las posibilidades de que pueda librarse de la cárcel son muchas. Por ejemplo, no contar con antecedentes», explica De la Bodega.