Responsabilidad penal del menor

Responsabilidad penal del menor

Responsabilidad penal del menor. El Código Penal específica lo siguiente en su artículo 19 “Los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código.
Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor”.

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